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Boletín BIM | El gobierno de Wuhan anuncia que los modelos BIM se incluyen en el ámbito de la revisión de planos

Sincronización WeChat · Xiaowei · 2023-11-29

El siguiente artículo proviene de la Alianza de la Industria BIM, por BIM-Superman

00 【El Gobierno Municipal de Wuhan publica: los modelos BIM se incorporan al ámbito de la revisión de los planos de construcción】

   

Aviso del Gobierno Municipal de Wuhan sobre la promulgación de las Medidas de gestión para la revisión de los documentos de diseño de los planos de construcción de los proyectos de construcción de Wuhan.pdf  

          

01 Puntos clave sobre el BIM

Artículo 9  La entidad constructora solicita la revisión de los planos de construcción a través del sistema digitalizado de revisión conjunta de los planos de construcción y presenta la siguiente documentación:

1) Los documentos de aprobación expedidos por los departamentos gubernamentales competentes que sirven de base para la prospección y el diseño, y sus anexos;

2) El juego completo de planos de construcción;

3) Cuando, conforme a las disposiciones, sea necesario aplicar la tecnología BIM, deberá aportarse además el modelo BIM que cumpla los requisitos de las normas de revisión de BIM;

4) Los demás materiales que deban presentarse para la revisión.

          

02 Texto completo      

Medidas de gestión para la revisión de los documentos de diseño de los planos de construcción de los proyectos de construcción de Wuhan

Capítulo 1 Disposiciones  generales

Artículo 1 Para reforzar la gestión de la revisión de los documentos de diseño de los planos de construcción, elevar el nivel de la prospección y el diseño de los proyectos de construcción y garantizar la calidad y la seguridad de las obras, las presentes Medidas se formulan de conformidad con el «Reglamento sobre la optimización del entorno empresarial» (Orden n.º 722 del Consejo de Estado), las «Medidas de gestión para la revisión de los documentos de diseño de los planos de construcción de los proyectos de edificación y de infraestructura municipal» (Orden n.º 13 del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural) y las «Disposiciones provisionales sobre la gestión de la revisión y la aceptación de la protección contra incendios de los proyectos de construcción» (Orden n.º 51 del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural), así como de otras leyes y reglamentos.    

Artículo 2 La revisión de los documentos de diseño de los planos de construcción (incluidos los documentos de prospección; en lo sucesivo, «los planos de construcción») a que se refieren las presentes Medidas es la actuación mediante la cual los organismos de revisión de los planos de construcción (en lo sucesivo, «organismos de revisión») examinan, con arreglo a las leyes, los reglamentos y las normas técnicas, los contenidos obligatorios de los planos de construcción relativos al interés público, a la seguridad pública y a las normas obligatorias de ingeniería y construcción.

Los proyectos de construcción comprenden los edificios y las obras de infraestructura municipal.

El organismo de revisión es la persona jurídica independiente, dedicada exclusivamente a la actividad de revisión de los planos de construcción y sin fines de lucro, cuya cualificación ha sido reconocida por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural de la provincia de Hubei.

Artículo 3 Las presentes Medidas se aplican a la revisión de los planos de construcción de los proyectos de construcción dentro del ámbito administrativo de esta ciudad, así como a su supervisión y gestión.

Los planos de construcción de los proyectos que, conforme a las disposiciones, deban someterse a revisión no podrán utilizarse si no han sido declarados conformes en la revisión.

Para los proyectos de construcción que, conforme a las disposiciones, puedan quedar exentos de la revisión de los planos de construcción, los planos de construcción firmados y sellados en su totalidad por las empresas de prospección y diseño servirán de base para las actividades de construcción, supervisión y control de la calidad y la seguridad. La entidad constructora y las empresas de prospección y diseño deberán asumir compromisos de calidad y seguridad.

La revisión y la supervisión y gestión de los documentos de diseño de los planos de construcción de los proyectos de construcción especiales se llevarán a cabo conforme a las disposiciones pertinentes.

Artículo 4 El departamento administrativo municipal competente en materia de construcción ejerce la supervisión y gestión unificadas sobre la revisión de los planos de construcción de toda la ciudad y es responsable de la revisión de los planos de construcción y de la supervisión e inspección de los proyectos de construcción gestionados a nivel municipal. Los departamentos administrativos distritales competentes en materia de construcción son responsables de la revisión de los planos de construcción y de la supervisión e inspección de los proyectos de construcción gestionados a nivel distrital. Los departamentos administrativos competentes en materia de construcción pueden encomendar la gestión de la supervisión diaria a los organismos de supervisión y gestión de la revisión de los planos de construcción adscritos a ellos.

Los departamentos competentes en materia de defensa aérea civil, gestión urbana y aplicación de la ley, recursos hídricos y parques y silvicultura, entre otros, serán responsables, dentro de sus atribuciones, de la supervisión e inspección y de la aplicación administrativa de la ley en relación con la revisión de los planos de construcción de los proyectos de construcción en los ámbitos correspondientes de toda la ciudad.

Artículo 5 La gestión de la revisión de los planos de construcción debe regirse por los principios de la supervisión gubernamental y la autorregulación del sector.    

El departamento administrativo municipal competente en materia de construcción organizará a los departamentos competentes pertinentes y a los organismos de revisión para comunicar las políticas del sector, los requisitos normativos y la situación de la supervisión e inspección.

La asociación sectorial a la que estén afiliados los organismos de revisión deberá ayudar a los departamentos competentes pertinentes a realizar las inspecciones de calidad, la gestión del mercado y la evaluación crediticia de la revisión de los planos de construcción, e informar oportunamente a los departamentos competentes pertinentes de las circunstancias correspondientes.

Artículo 6 La revisión de los planos de construcción se llevará a cabo mediante la modalidad de compra gubernamental de servicios. Los departamentos administrativos municipales y distritales competentes en materia de construcción celebrarán contratos de servicio con los organismos de revisión que hayan comisionado, en los que se fijarán los derechos y obligaciones de ambas partes, las tarifas de los servicios y demás contenidos.

Los departamentos financieros municipales y distritales serán responsables de incorporar a la gestión presupuestaria de su respectivo nivel los gastos de los servicios necesarios para la revisión de los planos de construcción.

Los gastos de la revisión de los planos de construcción de los proyectos de transporte ferroviario urbano se incluirán en el presupuesto estimativo del diseño preliminar.

Artículo 7 La entidad constructora no podrá exigir a los organismos de revisión que realicen la revisión de los planos de construcción en contravención de las leyes, los reglamentos y las normas obligatorias de ingeniería y construcción, ni comprimir los plazos razonables de revisión.

Los planos de construcción de un mismo proyecto, así como los documentos de diseño especializados de protección contra incendios, defensa aérea civil, excavaciones de cimentación, muros cortina, estructuras reticulares de acero ligero y decoración, deberán ser revisados por el mismo organismo de revisión.

El organismo de revisión no podrá mantener una relación de subordinación u otra relación de intereses con la entidad constructora o las empresas de prospección y diseño del proyecto objeto de revisión.

Artículo 8 Los organismos de revisión deberán impulsar la innovación de los servicios digitales para adaptarse a las necesidades de desarrollo del sector, como la revisión basada en el modelo de información de construcción (BIM); reforzar la innovación de los servicios técnicos y podrán aplicar la revisión por fases a los proyectos de contratación general de ingeniería (EPC).

Capítulo 2 Procedimiento de revisión

Artículo 9  La entidad constructora solicita la revisión de los planos de construcción a través del sistema digitalizado de revisión conjunta de los planos de construcción y presenta la siguiente documentación:

1) Los documentos de aprobación expedidos por los departamentos gubernamentales competentes que sirven de base para la prospección y el diseño, y sus anexos;

2) El juego completo de planos de construcción;

3) Cuando, conforme a las disposiciones, sea necesario aplicar la tecnología BIM, deberá aportarse además el modelo BIM que cumpla los requisitos de las normas de revisión de BIM;

4) Los demás materiales que deban presentarse para la revisión.    

Artículo 10 El organismo de revisión deberá verificar los materiales presentados por la entidad constructora; cuando la documentación esté completa y se ajuste a la forma legal, deberá admitirla a trámite; cuando esté incompleta o no se ajuste a la forma legal, deberá comunicar a la entidad constructora, de una sola vez, los materiales que deban completarse.

Artículo 11 El organismo de revisión realizará una revisión técnica de los planos de construcción, examinando principalmente los siguientes contenidos:

1) si se ajustan a los documentos de aprobación de los departamentos competentes en materia de planificación (incluidos los de parques y silvicultura y de defensa aérea civil), y si los proyectos de inversión gubernamental se ajustan a la aprobación del diseño preliminar;

2) si las calificaciones y habilitaciones de las empresas de prospección y diseño y de su personal correspondiente cumplen las disposiciones pertinentes y si ejercen su actividad conforme a ellas;

3) si se ajusta a las normas obligatorias de ingeniería y construcción;

4) la seguridad de las cimentaciones y de la estructura principal;

5) si se satisfacen los requisitos de diseño sismorresistente;

6) la seguridad contra incendios;

7) la seguridad de protección de las obras de defensa aérea civil (con exclusión de las obras de mando de defensa aérea civil);

8) si se ajusta a las normas obligatorias de eficiencia energética de los edificios civiles y a las normas y disposiciones sobre edificios prefabricados; en el caso de los proyectos que apliquen las normas de edificación verde, también deberá examinarse si se ajustan a dichas normas;

9) si se ajusta a las normas y disposiciones pertinentes sobre la construcción de las zonas verdes complementarias;

10) si se ajusta a las normas y disposiciones pertinentes sobre la construcción de las ciudades esponja;

11) si la profundidad del diseño se ajusta a las disposiciones nacionales pertinentes;

12) los demás contenidos cuya revisión establezcan las leyes, los reglamentos y las normas administrativas.

Artículo 12 El plazo de la revisión de los planos de construcción se computará a partir de la fecha en que el organismo de revisión reciba los planos de construcción completos y, en principio, no excederá de los plazos siguientes:

1) revisión de los documentos de prospección: cinco días hábiles para los proyectos de grado A, y tres días hábiles para los proyectos de grado B e inferiores;    

2) revisión de los documentos de diseño: diez días hábiles para los proyectos de gran envergadura, y seis días hábiles para los proyectos de envergadura media e inferiores;

3) la revisión de los planos de construcción de las obras especiales de protección contra incendios, defensa aérea civil, excavaciones de cimentación, muros cortina, estructuras reticulares de acero ligero y decoración se realizará en cinco días hábiles.

Artículo 13 En el caso de los proyectos que superen la revisión, el organismo de revisión expedirá a la entidad constructora el certificado de revisión conforme y estampará el sello especial de revisión en el juego completo de planos de construcción. El certificado de revisión conforme deberá estar firmado (sellado) por los revisores de cada especialidad, ser emitido por el representante legal y llevar el sello oficial del organismo de revisión.

En el caso de los proyectos que no superen la revisión, el organismo de revisión deberá emitir un dictamen de revisión desfavorable en el que se consignen los motivos, y deberá informar al departamento administrativo competente en materia de construcción correspondiente al proyecto sobre las infracciones de las leyes, los reglamentos y las normas obligatorias de ingeniería y construcción cometidas por la entidad constructora, las empresas de prospección y diseño y los profesionales registrados en ejercicio, detectadas durante la revisión.

El organismo de revisión deberá consignar oportunamente las circunstancias de la revisión en el sistema digitalizado de revisión conjunta de los planos de construcción.

Artículo 14 Ninguna entidad ni persona podrá modificar sin autorización los planos de construcción que hayan superado la revisión; si la modificación resulta realmente necesaria, la entidad constructora deberá encomendar por escrito a la empresa original de prospección y diseño que realice la modificación.

Cuando se trate de modificaciones importantes, deberá recabarse la aprobación del organismo que aprobó originalmente, encomendar la modificación a una empresa de prospección y diseño y remitir los planos de construcción modificados al organismo de revisión original para su reexamen.

Todas las modificaciones deberán consignarse en el índice de planos de construcción.

Artículo 15 La entidad constructora será responsable de la veracidad, la integridad y la validez de los materiales de revisión que presente.

Las empresas de prospección y diseño serán responsables de la calidad de los planos de construcción que presenten y deberán cooperar activamente en los trabajos de revisión.

El organismo de revisión realizará la revisión de los planos de construcción dentro del ámbito de negocio determinado y será responsable de la legalidad y la validez de sus conclusiones de revisión; la responsabilidad de la revisión de los planos de construcción no sustituye la responsabilidad por la calidad de los sujetos responsables pertinentes del proyecto de construcción.

Capítulo 3 Supervisión y gestión

Artículo 16 El organismo de revisión deberá establecer y perfeccionar un sistema interno de gestión de la calidad, encomendar los trabajos de revisión a personal con las calificaciones correspondientes y conservar en archivo, conforme a las disposiciones, los registros de revisión, los dictámenes de revisión, los certificados de revisión conforme, los dictámenes de revisión desfavorable y demás materiales pertinentes.    

Artículo 17 Los departamentos competentes en materia de construcción, defensa aérea civil, gestión urbana y aplicación de la ley, recursos hídricos y parques y silvicultura deberán reforzar la supervisión e inspección de los organismos de revisión, y los resultados de la supervisión e inspección deberán publicarse. La entidad inspeccionada deberá facilitar verazmente a los departamentos competentes pertinentes los documentos y materiales de la revisión de los planos de construcción de las especialidades correspondientes.

Artículo 18 Los departamentos administrativos competentes en materia de construcción deberán establecer y perfeccionar un mecanismo de evaluación integral de los organismos de revisión de los planos de construcción y aceptar y tramitar oportunamente las denuncias, acusaciones y quejas por conductas ilegales o infractoras en los trabajos de revisión de los planos de construcción.

Cuando los organismos de revisión infrinjan lo dispuesto en las presentes Medidas, el departamento competente correspondiente les exigirá la corrección, los tratará conforme a las leyes y los reglamentos y lo registrará en el expediente de crédito.

Respecto de las conductas ilegales o infractoras de la entidad constructora, las empresas de prospección y diseño y los profesionales registrados en ejercicio que hayan sido comunicadas por los organismos de revisión, los departamentos administrativos competentes en materia de construcción deberán investigar y sancionar conforme a la ley, registrar en el expediente de crédito e integrarlas en la gestión del sistema de crédito.

Capítulo 4 Disposiciones complementarias

Artículo 19 Las presentes Medidas no se aplicarán a las obras de emergencia y de socorro en casos de desastre, las obras militares, los proyectos de construcción temporales ni las viviendas autoconstruidas por los agricultores.

Artículo 20 Las presentes Medidas entrarán en vigor 30 días después de la fecha de su publicación y tendrán una vigencia de cinco años.

          

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